Tras las declaraciones del Gobierno del pasado viernes en relación con las ayudas que se aprobaban para autónomos y Pymes, os indicamos algunos datos.

En primer lugar, lo que se ha aprobado es la transferencia del dinero a las Comunidades Autónomas que serán las que lo gestionen por lo que hasta que no se publiquen las características y como se van a gestionar en los BOE autonómicos no dispondremos de la información exacta de cómo, cuando y que requisitos se necesitan para poder acceder a cada ayuda que se genere.

Por lo anteriormente indicado, en la CCAA de Madrid es probable que las publicaciones no se hagan efectivas hasta después de las elecciones del 4 de mayo

En segundo lugar, dependiendo del colectivo al que se pertenezca se tendrán que cumplir unos requisitos u otros. El reparto será de la siguiente forma

1.-Ayudas COVID directas (7000 millones de euros al pago de gastos fijos y deudas de los sectores más perjudicados) Ver Listado de Actividades Anexo. Pago de deudas desde el 01/03/2020 al 31/05/2021. Esta ayuda se destinará a pagos de gastos fijos, deudas bancarias o suministros, etc.… .

Disminución de ventas de los destinatarios:

  1. A. – Empresas y autónomos cuyos ingresos hayan caído un 30% respecto al 2019, solo para las empresas con CNAE del listado adjunto
  2. B. – Micropymes y autónomos con un 40% de caída adicional de los ingresos.
  3. C. – Grandes empresas con un descenso del 20% de los ingresos.

No serán incluidos como destinatarios aquellos autónomos que en la declaración de la Renta de 2019 hayan declarado un resultado neto negativo o cero en estimación directa o aquellas sociedades que en el impuesto de sociedades 2019 la base imponible haya sido negativa.

Requisitos

  • Mantener la actividad hasta el 30/06/2022
  • No tener domicilio fiscal en paraísos fiscales
  • No repartir dividendos ni incrementar los sueldos de la dirección en dos años
  • No estar en concurso de acreedores
  • No haber cesado de actividad y encontrarse al corriente de pago con las Administraciones.

Limites de dinero de las ayudas por autónomo o empresa

Las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla establecerán los criterios para las ayudas por destinatario, de forma que no se superen los siguientes límites máximos:

a) 3.000 euros para modulos.

b) Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá será de entre 4000 y 200000 euros pero sin exceder los siguientes datos

i. El 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %, siempre que tengan un máximo de 10 empleados.

ii. El 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, para los que tengan más de 10 empleados

2.-Linea de Reestructuración de la deuda financiera. (3000 millones de euros para medidas adicionales de flexibilización de prestamos con aval publico)

  • Extensión del plazo de los prestamos
  • Convertir prestamos en prestaciones participativas manteniendo la cobertura del aval
  • Realizar transferencias para la reducción de la financiación avalada contraída.
  • Se generará un código de buenas prácticas para las entidades para garantizar la liquidez

3.- Fondo de Recapitalización de empresas afectadas por el COVID (1000 millones de euros para recapitalización)

El fondo gestionado por COFIDES y SEPI servirá para capitalizar empresas de mayor tamaño, y su utilización conlleva la participación del Estado en los beneficios de la empresa en ocho años.