Monthly Archives: junio 2013

Nuevo catálogo integral de financiación ICO para la internacionalización

Nuevo catálogo integral de financiación ICO para la internacionalización El Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha diseñado y puesto en marcha por primera vez un catálogo integral de productos para apoyar la internacionalización de las empresas españolas. Para cubrir estas necesidades, se contemplan tres líneas de actuación: créditos para fomentar las exportaciones a todos los plazos, corto, medio y largo; financiación para la realización de inversiones en el exterior; y por último instrumentos de garantías internacionales. Créditos a la exportación El ICO pone a disposición a través de las entidades financieras colaboradoras de las Líneas ICO de Mediación, dos productos para financiar exportaciones: tanto a corto, como a medio y largo plazo._ La línea ICO Exportadores-Corto Plazo permite a las empresas españolas que exportan obtener liquidez mediante el anticipo de las facturas obtenidas por la venta de sus bienes y servicios en el exterior. A través de esta línea se puede anticipar hasta el 100% del importe de las facturas que tengan una fecha de vencimiento no superior a 180 días._ La nueva línea ICO Exportadores-Medio y Largo plazo se ha aprobado para completar las necesidades financieras de las empresas exportadoras._ Se trata de un producto novedoso en varios aspectos. Por una parte se definen dos modalidades de crédito: crédito comprador y crédito suministrador, lo que permite obtener financiación tanto a la empresa española que vende sus productos o servicios, como a la empresa extranjera que los adquiere._ Adicionalmente, al amparo de esta línea el ICO facilita financiación tanto en euros como en dólares, en virtud de los acuerdos suscritos con la Corporación Andina de Fomento (CAF), y con el Banco Europeo de Inversiones, (BEI). El destino de las exportaciones para que sean financiadas bajo [...]

By |3 de junio de 2013|Normativa|0 Comments

Entra en vigor la obligatoriedad de la certificación energética de los edificios

Entra en vigor la obligatoriedad de la certificación energética de los edificios Dando cumplimiento a la normativa comunitaria y al Real Decreto 235 /2013 aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 5 de abril, a partir del día 1 de junio será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos (siempre que los alquileres tengan una duración superior a cuatro meses), un certificado de eficiencia energética. Este certificado, con una validez de diez años, evalúa la eficiencia energética del inmueble (edificio entero o parte del mismo), tanto en términos de consumo de energía como de emisiones de CO2, otorgándole una calificación en una letra que variará de la A a la G, para consumo de energía primaria, y otra letra para emisiones de CO2. Además de la información objetiva sobre sus características energéticas, el certificado deberá incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del inmueble. El objetivo de la medida es fomentar el ahorro y la eficiencia, así como que el consumidor pueda valorar y comparar la repercusión del gasto en energía y emisiones de CO2 que va a tener su decisión a la hora de comprar o alquilar una vivienda. Se calcula que esta normativa conllevará ahorros anuales de aproximadamente 32.000 tep, suponiendo que se realizaran actuaciones de mejora de la eficiencia energética en un 10% de los edificios certificados y se consiguiera un ahorro medio de un 20% con las medidas que se adopten. El usuario que quiera certificar una vivienda deberá contratar los servicios de un técnico competente según el artículo 1.3.P del RD.235, que serán quienes finalmente realicen la calificación del edificio._ El Real Decreto afecta a edificios de [...]

By |3 de junio de 2013|Normativa|0 Comments