Monthly Archives: noviembre 2013

El presidente de la Comunidad de Madrid anuncia rebaja en el IRPF, actos jurídicos, Transmisiones e Hidrocarburos

El presidente de la Comunidad, Ignacio González, ha anunciado que el proyecto de Presupuestos para 2014 contempla la mayor rebaja de impuestos que ha puesto en marcha nunca una comunidad autónoma: bajará 1,6 puntos más (y serán ya 2,6 puntos) el tramo autonómico del IRPF tras la rebaja en un punto que hizo Esperanza Aguirre en 2007. Además, se reducirá en otro punto el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que grava la compra de pisos o coches de segunda mano hasta situar el tipo general como el más bajo de España con un 6%; rebajará un 25% el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que es el que grava los documentos notariales e hipotecarios en la compra de viviendas nuevas y eximirá del denominado “céntimo sanitario” a los más de 64.200 profesionales del transporte que trabajan en la región. Menos impuestos y mayor recaudación La bajada de 1,6 puntos en el tramo autonómico del IRPF supondrá, según los cálculos del Gobierno autonómico, un ahorro adicional de 216 millones de euros anuales a los madrileños, que añadidos al punto de bajada que se aplica desde hace seis años supondrá un ahorro global de 376 millones de euros a los ciudadanos, casi 125 euros por contribuyente al año de media. González ha explicado que la bajada acumulada de 2,6 puntos en el IRPF beneficia más a las rentas bajas que a las altas. Así, la mitad de los contribuyentes madrileños, cuyas rentas del trabajo son inferiores a los 17.707,20 euros;pagarán un 6,7% menos del tramo autonómico del impuesto. El 30% de los madrileños, con rentas comprendidas entre 17.707.20 y 33.007,20 euros; disfrutarán de un ahorro medio del 5%. Hasta 53.407,20 euros de renta se ahorrarán un 3,24% y las [...]

By |26 de noviembre de 2013|Normativa|0 Comments

Rajoy anuncia la ampliación del contrato indefinido de apoyo a emprendedores a trabajadores a tiempo parcial

Mariano Rajoy ha indicado  que la situación de la economía española es mejor que la de hace un año, "pero eso sólo puede servirnos de acicate para continuar nuestro trabajo hasta que podamos decir, sin faltar a la verdad, que España ya ha salido de la crisis". Ha apuntado que más del 90 por 100 del empleo lo generan las pequeñas y medianas empresas y los trabajadores autónomos, "un pilar insustituible de nuestra economía" que merece "la expresión de nuestro reconocimiento, nuestro respeto, y el mayor de nuestros agradecimientos". Rajoy en el Foro de Emprendedores y Autónomos Pool Moncloa / Acceso libre ha anunciado que el Gobierno, con el fin de facilitar la contratación indefinida, va a ampliar a trabajadores a tiempo parcial el uso del contrato indefinido de apoyo a emprendedores, "una tradicional y reiterada demanda del sector que me complace anunciarles que verá pronto las páginas del Boletín Oficial del Estado". Respecto al acceso a la financiación, otra de las peticiones habituales del sector de los autónomos y emprendedores, Rajoy ha admitido que el sector financiero "todavía no está cumpliendo eficazmente con su función, con algunas excepciones", aunque su creciente fortaleza permite prever que el crédito fluirá en breve con normalidad. Por otra parte, ha reiterado que la intención del Gobierno era haber implantado ya el pago del IVA cuando se haya cobrado la correspondiente factura, pero hasta ahora no ha sido posible. Ha asegurado que si en 2014 el crecimiento se sitúa en el entorno del 0,7%, como se contempla en los Presupuestos Generales del Estado, "la diferencia con este año 2013 será de dos puntos, que ya es un vuelco significativo".

By |26 de noviembre de 2013|Normativa|0 Comments

El BCE baja los tipos de interés al 0,25% en noviembre

En su reunión del 8 de noviembre, el Consejo de Gobierno del BCE ha adoptado las siguientes decisiones de política monetaria: (1) El tipo de interés aplicable a las operaciones principales de financiación del Eurosistema se reducirá en 25 puntos básicos hasta situarse en el 0,25%, a partir de la operación que se liquidará el 13 de noviembre de 2013. (2) El tipo de interés aplicable a la facilidad marginal de crédito se reducirá en 25 puntos básicos hasta situarse en el 0,75%, con efectos a partir del 13 de noviembre de 2013. (3) El tipo de interés aplicable a la facilidad de depósito se mantendrá sin variación en el 0,00%

By |26 de noviembre de 2013|Normativa|0 Comments

Ferre: «Los incentivos a I+D+i estarán presentes en la reforma fiscal»

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha destacado los incentivos fiscales introducidos en la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización dirigidos a promover la Investigación, el Desarrollo y la Innovación (I+D+i). Ha recalcado el cambio normativo que permitirá que las deducciones por I+D+i que puedan aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones. Concretamente, este novedoso sistema permitirá que las deducciones por I+D+i que no se hayan aplicado en un ejercicio por insuficiencia de cuota puedan recuperarse posteriormente. Ello hará posible monetizar los créditos ligados a la I+D+i cuando no exista suficiente cuota para compensar la deducción pendiente de aplicar. En su caso, se procederá al abono de la deducción por I+D+i, siendo de un millón para las actividades de innovación. Se empezará aplicar ya a los gastos e inversiones realizados este año, pudiéndose empezar a cobrar en 2015. "El objetivo es que se mantenga el nivel de gasto en I+D+i, no se desmantelen proyectos ya iniciados y se ayude a proyectar nuevos que incentivarán la creación de empleo y la salida de la crisis", ha dicho. El secretario de Estado ha recordado otro de los incentivos fiscales incluidos en la Ley de Emprendedores ligados a la I+D+i como son los introducidos para la cesión de activos intangibles (como las patentes), conocidos como "Patent Box". En este sentido, el porcentaje de integración en la base imponible de las rentas procedentes de la cesión del uso o explotación de los activos intangibles será del 40% (es decir, se establece una reducción del 60% de las rentas), tanto si los activos objeto de la cesión han sido creados por la propia entidad cedente como si esta [...]

By |26 de noviembre de 2013|Normativa|0 Comments

¿Cómo se calcula el impuesto por GANAR LOTERIAS?

Supongamos que gano en la Lotería de Navidad 50.000 €, al ser Lotería Nacional del Estado y ser mayor a 2.500 €, se cumplen los dos requisitos y debo tributar por ello. En el momento de ir a cobrarlo se realizará la siguiente operación: 1) de la cantidad ganada, le resto los 2.500 € que están exentos. 50.000 – 2.500= 47.500 2) Del resultado obtenido anteriormente, realiza el 20% sobre el mismo. 47.500 x 20%= 9.500 9.500 € van a ir a parar a las Arcas del Estado. 3) De la cantidad del primer apartado le restamos la cantidad del segundo apartado 47.500-9.500= 38.000 4) A la cantidad anteriormente obtenida le sumamos los 2.500 para saber el total que vamos a quedarnos del premio obtenido. 38.000+2.500= 40.500 € Del total del premio obtenido de 50.000 €, vamos a obtener realmente la cantidad de 40.500 €. Posteriormente deberá examinarse, quien ha obtenido el premio, si una persona física o una persona jurídica, pues su próxima forma de tributar será distinta dependiendo de si es una u otra. Persona física La cantidad obtenida, no estará sujeta a IRPF, pero sí tributará por la operación financiera o comercial que se haga sobre ese dinero, es decir, si invertimos en depósito bancario o compra de un vehículo. Pues son dos operaciones distintas a la inicial de obtención del premio. Se suele invertir en depósito bancarios con las cantidades obtenidas por el premio, a continuación expongo un breve resumen sobre ello. 30.500 euros que ha ahorrado sin remuneración. 50.000 euros que ha ahorrado remunerados al 5%, lo que suma un total de 52.500 euros Empresa El impuesto sobre el premio se aplicará una retención inicial igual, con la misma exención de [...]

By |14 de noviembre de 2013|Normativa|0 Comments

Cambios de interés en modelos tributarios

Paulatinamente, se cambiaran las cuentas corrientes (20 dígitos) por el código IBAN (24 dígitos norma europea o 34 dígitos norma internacional). El modelo 202 del 4º trimestre ya incluye la variante de 24 dígitos. A lo largo del año se irá cambiando en el resto de los modelos. Modelo 340 ---------------- La disposición transitoria en la que se exigía sólo a las sociedades obligadas mensualmente y a las actividades de exportación la presentación digital de los registros del libro de iva y/o igic, ha pasado a definitiva, por lo que se pospone definitivamente la aplicación al resto de sociedades la presentación de este modelo. RD 828/2013 Se incluye la clave de operación Z para criterios de caja. Deberá detallar en estos tipos: a. Fecha de cobro b. Importe de Cobro c. Clave i. 1: Cheque ii. 2: Cuenta corriente iii. 3: Otro d. Descripción. Detalle de la clave anterior e. (Todo estos en registros tipo 2) Se entiende que el libro de IVA/IGIC deberá contar con estos campos, por lo que en los sistemas contables habrá que solicitar cuando se cobre/pague una factura a clientes/proveedores con criterio de caja, el número de cheque o la cuenta corriente. Hay que tener en cuenta que aunque la entidad sea del criterio de devengo, si recibe una operación por criterio de caja, deberá igualmente incluir esta información. La información a detallar en el libro de IVA/IGIC en las entidades con operaciones de caja, será: Un registro por cada factura en el momento del devengo. Otro registro por cada cobro/pago realizado en esa factura. En esos registros bastará con identificar la factura, al cliente/proveedor y su nif, aparte por supuesto, de los campos del cobro/pago. IVA, Modelo 303 ---------------------- [...]

By |14 de noviembre de 2013|Normativa|0 Comments

La ‘tarifa plana’ motiva afiliaciones de autónomos

La cifra de autónomos registrados en la Seguridad Social ha incrementado en 11.725 persones durante los tres primeros trimestres de 2013, de los cuales el 97,2% del total son jóvenes menores de 29 años, con un crecimiento del 5,2%, según Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). La organización justifica esta subida de afiliación por la disminución del coste a la Seguridad Social, que responde a una ‘tarifa plana’ aprobada por el Gobierno: tarifa que, según la UPTA, “tiene un importante efecto en esta evolución tan positiva”. Incluso con esta subida, marcada sobre todo durante el segundo trimestre, la organización teme que pueda haber un efecto estacional y que la evolución no se consolide a lo largo del último trimestre de 2013. En general, la funcionalidad de la ‘tarifa plana’ se ha recibido positivamente y la UPTA confía en que el Gobierno decida ampliarla a todos los trabajadores sin importar la edad de estos.

By |14 de noviembre de 2013|Normativa|0 Comments

La Ley de emprendedores reconoce la figura del socio trabajador, en las sociedades limitadas de formación sucesiva.

La Ley 14/2013 de 27 de Septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, creó la figura de la Sociedad Limitada de formación sucesiva. Pero lo ya no ha transcendido tanto, es que en este tipo de sociedades y durante los ejercicios en los que la sociedad no haya alcanzado la cifra de capital mínimo (3.000 euros), se reconoce la figura del socio trabajador y se limita las percepciones de socios y administradores. Efectivamente, ha pasado casi desapercibido, pero se ha añadido el art. 4 bis, en donde establece en el apartado c) punto 1, lo siguiente: "c) La suma anual de las retribuciones satisfechas a los socios y administradores por el desempeño de tales cargos durante esos ejercicios no podrá exceder del 20 por ciento del patrimonio neto del correspondiente ejercicio, sin perjuicio de la retribución que les pueda corresponder como trabajador por cuenta ajena de la sociedad o a través de la prestación de servicios profesionales que la propia sociedad concierte con dichos socios y administradores." Por lo tanto, durante el periodo en que la sociedad limitada no haya alcanzado la cifra de capital mínimo (3.000 euros): 1.- Se pone un techo a la remuneración que pueden percibir los administradores de la sociedad por su trabajo: 20 % del patrimonio neto. 2.- Se reconoce que el socio puede desempeñar en la sociedad funciones distintas a la del administrador como es la de prestar servicios profesionales o como trabajador en la misma. Estas remuneraciones, bien como profesional o bien como trabajador quedan fuera de la limitación del 20 % del Patrimonio Neto.

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