AYUDAS A AUTONOMOS Y PYMES

Tras las declaraciones del Gobierno del pasado viernes en relación con las ayudas que se aprobaban para autónomos y Pymes, os indicamos algunos datos. En primer lugar, lo que se ha aprobado es la transferencia del dinero a las Comunidades Autónomas que serán las que lo gestionen por lo que hasta que no se publiquen las características y como se van a gestionar en los BOE autonómicos no dispondremos de la información exacta de cómo, cuando y que requisitos se necesitan para poder acceder a cada ayuda que se genere. Por lo anteriormente indicado, en la CCAA de Madrid es probable que las publicaciones no se hagan efectivas hasta después de las elecciones del 4 de mayo En segundo lugar, dependiendo del colectivo al que se pertenezca se tendrán que cumplir unos requisitos u otros. El reparto será de la siguiente forma 1.-Ayudas COVID directas (7000 millones de euros al pago de gastos fijos y deudas de los sectores más perjudicados) Ver Listado de Actividades Anexo. Pago de deudas desde el 01/03/2020 al 31/05/2021. Esta ayuda se destinará a pagos de gastos fijos, deudas bancarias o suministros, etc.… . Disminución de ventas de los destinatarios: A. - Empresas y autónomos cuyos ingresos hayan caído un 30% respecto al 2019, solo para las empresas con CNAE del listado adjuntoB. - Micropymes y autónomos con un 40% de caída adicional de los ingresos.C. - Grandes empresas con un descenso del 20% de los ingresos. No serán incluidos como destinatarios aquellos autónomos que en la declaración de la Renta de 2019 hayan declarado un resultado neto negativo o cero en estimación directa o aquellas sociedades que en el impuesto de sociedades 2019 la base imponible haya sido negativa. Requisitos Mantener la actividad hasta el 30/06/2022No tener domicilio fiscal en paraísos fiscalesNo repartir dividendos ni incrementar [...]