Las empresas o autónomos que quieran contratar un nuevo trabajador de forma estable sólo cotizarán a la Seguridad Social (por contingencias comunes) 100 euros al mes, durante los primeros 24 meses. Se podrán beneficiar de esta medida todas las empresas y autónomos, independientemente de su tamaño, por la contratación estable de un nuevo trabajador, independientemente de su edad y las empresas deberán mantener contratado en alta al trabajador durante al menos 3 años. La medida entrará en vigor con efectos 25 de febrero.
La reducción supondrá un ahorro para el empleador del entorno del 75% de la cotización por contingencias comunes.
El empleador estará obligado a mantener el empleo durante el período de aplicación de la reducción, porque se trata de un impulso a la creación de empleo neto.
A su vez, no habrá podido realizar despidos colectivos ni despidos individuales que sean declarados improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los nuevos contratos y deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La regulación no afecta a la aportación del trabajador ni a la aportación empresarial por el resto de contingencias (desempleo, FOGASA y Formación profesional), respecto de las cuales se aplicarán las reglas ya vigentes de cotización. Tampoco tendrá impacto en la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de cotización.
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